Preguntas y respuestas
Nietos renuncian a ver a su abuela
Realizada en Santa Coloma de Gramenet Régimen de visitas
Buenas tardes, Si lo desea puede concertar día y hora para comentar sus posibilidades. Pues el interés del menor debe priorizarse siempre al interés de los progenitores. Quedo a su disposición para cualquier aclaración Atentamente,
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot¿Convenio regulador se puede romper?
Realizada en Badajoz Provincia Abogados Sentencia Convenio regulador de divorcio
Consulte con su abogado. Mientras no haya Sentencia que apruebe el CR, este no obliga jurídicamente. María José Lopez ORDIALES.
María José López Ordiales¿Como van las custodias en caso de divorcio?
Realizada en Ciudad Real Pensión de alimentos Demanda de divorcio Demanda Convenio regulador de divorcio Custodia compartida
Estimado cliente : Le comunico que de acuerdo a sus condiciones si que existen muchas posibilidades para poder luchar una custodia compartida, , si que la podríamos luchar, espero que concierte cita previa con este despacho para poder hablar con este despacho profesional, espero que me llame y le daré unas respuestas mas precisas sobre este tema. Un saludo y gracias.
CRISTINA GARCIA CASTELL ABOGADA EXPERTA EN DIVORCIOS DE CIUDAD REALNo se que hacer con mi ex, ayuda por favor
Realizada en Sestao Uso de la vivienda familiar
Hola buenos días: El problema es suyo y quiere trasladárselo a Vd., presionando y volviendo a maltratarle mediante sus mensajes, llamadas, etc. El uso de la vivenda , por lo que comenta está, a favor de la hija, por lo que no puede venderse salvo que así lo decidan ambos. Este hecho tampoco justifica que deba de realizar ahora Vd. un desembolso ni que tenga que aceptar el precio que él fija para la que fuera vivienda familiar. En cualquier caso, de querer hacer algo al respecto judicialmente, la iniciativa le correspondería a él, por lo que no debe ceder a sus chantajes, ni allanarle el camino que él, unilateralmente, ha trazado. Quedamos a su disposición, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL¿Debe pagarme la mitad de pensión alimenticia el 01/01/2019?
Realizada en Barcelona Pensión de alimentos
Hay que analizar cuando empezaron los pagos y si pagaba a mes vencido o a mes corriente, para poder asesorarle.
Abogado de la Construcción Barcelona Javier Santos GiraltLa abuela se niega a venir a ver a sus nietos a casa, quiere que se los llevemos.
Realizada en Tenerife Provincia Régimen de visitas
Buenos días, Ante todo, lamento sinceramente esta situación tan difícil y triste que están atravesando esas criaturas, que tienen menos defensa mental que nosotros, los adultos para ir sobrellevándola. Pero, desgraciadamente, ni siquiera por más soportar las cosas se acaban de solucionar solas. Para que quede tranquilos: en principio, no hay ninguna pena o consecuencia negativa en la ley que obligue a llevar de visita los nietos a los abuelos. Salvo que así lo hubiera acordado un Juez, por una demanda ya puesta (y ganada) en su día. Es decir, aquí LO ÚNICO VERDADERAMENTE IMPORTANTE ES EL BIENESTAR DE LOS NIÑOS. En general, el Código Civil les reconoce un derecho y hasta se lo pueden pedir a un Juez con procurador+abogado. Pero luego, desde que un perito judicial (psicólogo que designe el Juzgado-IMedicina Legal) compruebe cómo están los peques y el efecto que produce sobre ellos cualquier adulto.... SI ES NEGATIVO, ES EL JUEZ EL QUE PROHIBE INCLUSO LAS VISITAS, o las modula, en tiempo, con supervisión... etc... Reúna las pruebas posibles, audios, testigos, etc... // Y puede pedir un abogado y procurador de oficio, para que le dirijan este asunto y PONGAN ORDEN Y SERENIDAD en su familia. Le deseo toda la suerte del mundo. En cualquier caso, ya sabe dónde nos tiene, si deseara que le atienda en una consulta más detallada. Ánimo y saludos
ABOGADA-TENERIFE SUR-CANDELARIACambio de empadronamiento en proceso de separación
Realizada en Barcelona Provincia Certificado de empadronamiento Convenio regulador de separación Uso de la vivienda familiar Separación
No, siempre y cuando después no quiera reclamar el uso de la vivienda familiar, lo único que se le aconseja es que si tiene hijos se responsabilice de ellos, igual que establezcan un régimen de visitas, y por los gastos de la casa pues liquide la mitad del IBI, seguro y derramas extraordinarias. Igualmente, le recomiendo que tramite el procedimiento judicial para regular adecuadament todos los aspectos, puesto que sus pactos no son del todo vinculantes en derecho de familia. Consulte su presupuesto de mutuo acuerdo o contencioso
SANTOS & SARDÀ ABOGADOS¿El padre me puede quitar la custodia de mi hija?
Realizada en Zaragoza Provincia Custodia compartida
Buenos días, Debería iniciar un procedimiento de medidas estableciendo un régimen de visitas, custodia, etc. Siendo la edad de su hija tan menor no influye que tenga otro hermano (si es de otra pareja anterior). Por ello debe de regularizar su situación. A su disposición en este despacho.
Abogado Derecho Bancario Aranjuez - Nuria Sánchez LópezDesgravación de pensión de alimentos
Realizada en Madrid Pensión de alimentos
Lamento comunicarle que a partir del 01 de Enero de 2015, tras la promulgación de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, se estableció que el tratamiento previsto por los arts. 64 y 75 LIRPF para las anualidades por alimentos a favor de los hijos, sólo es aplicable cuando los progenitores no tengan derecho a aplicar el mínimo por descendientes por ellos, quedando claro que si se tiene derecho a aplicar el mínimo por descendientes no puede aplicarse el tratamiento de las anualidades por alimentos. Es injusto, y estoy con Usted, pero expresamente la reforma de la ley apuntó a este tema en concreto. Si es una suma importante la que deja de obtener en renta, vea la posibilidad de un cambio "formal" de custodia a favor de su expareja si se llevan bien y pueden hacerlo de mutuo acuerdo, y desgravarse en ese caso exclusivamente la pensión de alimentos, siempre y cuando le compense el costo del proceso de modificación de medidas con el ahorro fiscal. Ruego valore mi respuesta si le ha aclarado sus dudas -aunque lamentablemente no son en el sentido que podría esperar-.
Abogado accidentes Úbeda Francisco Juan González GarcíaUso de la vivienda en proceso de divorcio.
Realizada en Murcia Provincia Divorcio Convenio regulador de divorcio
Buenos días, Este es, sin duda, un tema complejo y que requeriría de una reunión para comentarlo más a fondo. Efectivamente, tal y como le comenta mi compañero, hasta que no se pronuncie el Juez al respecto en sentencia no hay nada seguro. Pese a que la propiedad, como bien a indicado, es enteramente suya por tratarse de un bien privativo adquirido antes del matrimonio, cabe la posibilidad de que se le conceda el uso y disfrute de la misma a su ex pareja. Aun así, también le digo, que para que esto ocurra deben darse otros factores adicionales, como el hecho de que exista un hijo menor de edad y que se le conceda la custodia exclusiva a ella. En ese caso, efectivamente cabe la posibilidad de que la vivienda se le atribuya a ella por ostentar la custodia (el hijo nunca podría quedar sin un hogar en el que vivir). Por otro lado, con respecto a los intentos de notificación de la demanda y su negativa a recoger la misma, no se preocupe, ya que si no resulta posible la notificación se le declarará en rebeldía y se celebrará la vista de divorcio sin él, es decir que el procedimiento seguirá su cauce. Además, pese a que podrá personarse en el proceso con abogado y procurador cuando tenga conocimiento de que el procedimiento existe o ha existido, su comparecencia no podrá hacer retroceder en ningún caso el proceso. Pese a todo esto, reitero que le recomiendo tener una reunión para tratar este tema más a fondo. Quedamos a su entera disposición. GS ASOCIADOS - Estudio jurídico.
GS ASOCIADOS - Estudio jurídico