Preguntas y respuestas sobre Emprendedores

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Preguntas y respuestas

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El juzgado reclama a una enferma de alzheimer.

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Buenas tardes, en un primer lugar deberá suspender el procedimiento y alegar la enfermedad de su madre y en un segundo lugar aportar la sentencia de incapacidad, supongo que tendrá su madre un tutor legal que deberá de representarla. Si necesita asistencia jurídica en el procedimiento estoy a su disposición. Un saludo

Abogado Granada - SILVIA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
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Impago de pensión de alimentos.

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Si deja de pagar la pensión de alimentos que tiene fijada, sí que le podrían embargar la ayuda. Si por su situación económica no le resulta posible hacer frente a la pensión, mi consejo es que soloicite una modificación de medidas para tratar de adecuar en la medida de lo posible la pensión a su situación económica.

ABOGADO EXTRANJERÍA EN SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Permiso de residencia y trabajo.

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Buenos días, Con la información aportada por Vd. no nos es posible dar la asesoría que Vd. requiere. Somos especialistas en extranjería y para darle la asesoría más indicada para su caso, necesitaríamos , entre otra información, su nacionalidad, la nacionalidad de su novia, así como el tiempo de residencia en España. Le agradecería, nos enviara un correo electrónico con sus datos e inmediatamente nos pondremos en contacto con Vd. Cordial saludo. Constanza Suárez Lemus constanza@suarezabogadas.net

SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
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¿cómo puedo cobrar y asegurarme de que estoy en plazo de reclamar?

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Buenas tardes. El reconocimiento de deuda es un documento privado que tiene eficacia entre las partes, por lo que si el cliente no cumple con los pagos en las fechas acordadas, puede reclamarle judicialmente. El procedimiento es muy sencillo y rápido. Si lo desea, puede contactar con nosotros y le daremos presupuesto sin compromiso. Un cordial saludo. Cristina.

VELA ABOGADOS
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Impago de comisión a comercial

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Buenas tardes. Para responder a su pregunta necesitaría ver el contrato de representación o las condiciones pactadas con la empresa que no le abona las comisiones. No cabe duda que si no le paga, como mínimo podrá reclamar el pago de las mismas, así como los intereses. No obstante, tendría que ver dicho contrato. Póngase en contacto con nosotros y le echamos un vistazo para darle una respuesta más concreta. Un cordial saludo. Cristina.

VELA ABOGADOS
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Jubilación por enfermedad.

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No se puede jubilar con ésa edad, en ningún caso, salvo que tenga una quinta parte del tiempo cotizado en el régimen general (aunque esta cotización sea muy antigua). Es imprescindible conocer su vida laboral íntegra para saber si tiene derecho a acceder a esta u otras prestaciones. El certificado de vida laboral, lo puede solicitar Ud. en la Tesorería General de la Seguridad Social (en Coruña, en Plaza de Vigo, en Ronda de Nelle, etc.). En cualquier caso: es importante revisar su expediente, pues dada su actividad y la gravedad de su situación, debería de intentar el reconocimiento de una incapacidad. Para culquier cuestión, no dude en contactar directamente con BUFETE FORO LEGAL y preguntar por D. Antonio Montero que le informará sobre los pasos a dar. Atentamente.

Abogado Penal Coruña Forolegal Abogados
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Deudas hacienda y seguridad social

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Si se lo han reclamado mediante embargos ahí quedan y la prescripción de los cuatro años no se aplicaría a tal caso.+

Abogado civil y penal Madrid Cariatide Abogados
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Deudas con hacienda y seguridad social

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Es muy dificil responder a su pregunta con certeza, por cuanto usted afirma que le quedaron deudas pendientes con Hacienda y la Seguridad Social. Es probable que al marcharse usted a Chile, si no notificó a la Hacienda Pública y a la Seguridad Social su nuevo dovmilio, se haya efectuado un procedimiento de apremio contra usted, y si no lo han localizado, cabe la posiblilidad que le hayan publicado los requerimiento de pago en los boletines oficiales, también cabe la probabilidad de que se hayan declaro fallidas las deudas, pero eso se contradice con lo aducido por usted, qye ya afirma que ha recibido cartas reclamandole deudas. Para darle respuestas acertadas hay que ver expedientes. .

Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Consulta de denuncia

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Buenas tardes: De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del R.D. 928/1998, los funcionarios de la Inspección de Trabajo tienen el deber de guardar secreto respecto a los datos relativos a los asuntos que conozcan en el desempeño de su actividad profesional. Es por ello por lo que, a pesar de que los datos del denunciante constan en la denuncia, el denunciado no debe conocer el nombre de la persona que la ha presentado. Para cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto conmigo.

CLARA BURGUI GUALDA
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