Preguntas y respuestas
Incapacidad permanente total por enfermedad profesional
Dependerá de la intensidad y características de las molestias que refiere, así como de la limitación funcional que las lesiones supongan para su trabajo. Una mera sintomatología subjetiva: molestias, no es suficiente para justificar la incapacidad que debe ser funcional e impedirle su actividad. Espero haberle sido útil, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITALReclamación de préstamo a un amigo
Realizada en Girona Impago Deuda Acuerdo verbal Deudas con hacienda
Buenas tardes, respondiendo a la cuestión que nos plantea, primero nos justaría comentarle que necesitaríamos disponer de más información para poderle ofrecer una respuesta más ajustada. En todo caso, como bien sabe, ante la negativa de su amigo a cumplir con su obligación de devolverle las cantidades prestadas, si usted quiere hacer valer sus derechos únicamente cabe la vía judicial . A pesar de haberse formulado el préstamo verbalmente, las obligaciones entre las partes existen, el problema con el que nos encontramos es el de la prueba, por todo ello, antes de interponer la correspondiente demanda sería conveniente realizar un estudio sobre la prueba de la que se dispone (recibos, justificantes de transferencia, reconocimiento de deuda, testigos ...) con tal de poder valorar las posibilidades de éxito de la reclamación judicial. Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros para concertar visita y así poderle ofrecer una respuesta personalizada. Atentamente.
GONZÁLEZ & FONTSARÉ ADVOCATSDomiciliar empresa de nueva creación en otro país.
Realizada en Barcelona Nacionalidad Registro mercantil Extranjero
Buenos días. Sí es posible. En general, la empresa se considerará residente en dicho país si: 1) Ha sido constituida según las leyes del mismo. 2) Tiene el domicilio social o la sede de dirección efectiva en el mencionado país. En caso de que albergue cualquier otra duda o necesite implementar la operación, no dude en contactar conmigo. Saludos, Daniel Vicente
PLACITUM ASESORES Y CONSULTORESPrescripción de deuda con la seguridad social
Realizada en Sevilla Deuda Seguridad social Impago Prescripción
Estimado cliente, el hecho de que le hayan intentado notificar supone un acto interruptivo de la prescripción por lo que se expone a ser embargado por parte de la seguridad social.
V AbogadosReclamación de financiera de supermercado
Realizada en Valencia Bancario Reclamación de impagado Deuda Impago
Buenos ´días : De acuerdo con nuestro ´Código Civil la acción para reclamar la deuda que UD. reconoce como contraíada no prescriben hasta el transcurso de 15 años contados desde que pudiera ejercitarse, es decir, desde el incumplimiento del pago , no desde que nació la deuda. Ásí que entenderá que tienen tiempo y tiempo para ejercitarla, aunque es lógico que UD . se pregunte por que´no lo han hecho aún, es fácil, por el coste que supone : Tasa, Procurador y Abogados. Normalmente, estas empresas compran los créditos y se encargan de reclamarlos, es por ello, que insisten e insisten en cobrar por vía amistosa. Yo únicamente negociaría si se trata de una reclamación a través de abogado, pues aún pueden enviarle un tercer requerimiento a través de un Despacho de Abogados , a partír de ahí, si es real la amenaza del juicio verbal o monitorio.
Karina Fábregas MárquezImpago de pensión de alimentos: penal
Realizada en Córdoba Delito Pensión de alimentos Contrato laboral Salario
Debe de presentar una denuncia en via penal, por impago de pensiones. are2abogados.com
ARE2 ABOGADOSEl ex de mi pareja no le pasa pensión alguna.
Hola En primer lugar necesitaría saber si hay sentencia de separación o divorcio, o -si no estaban casados- sentencia por la que se le condene a pagar alguna cantidad en concepto de pensión de alimentos. Si la hay, basta con pedir la ejecución de sentencia. Si no la hay habría que poner el procedimiento correspondiente, separación, divorcio y reclamando alimentos para los niños. Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar Saludos
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno¿Qué ley regula las sanciones por impago a la Administración?
Realizada en Terrassa Sanción administrativa Multas Deuda Impago
Hola Ante impagos a la Administración lo primero que te puede pasar es que te embarguen. Si no tienes nada que embargar y se aprecia que has actuado de forma fraudulenta, etc... pueden proceder penalmente contra ti, en este caso la norma aplicable seria el Código Penal. Sin otro particular, quedo a tu disposición para cualquier aclaración que puedas precisar. Saludos
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno¿A qué indemnización tengo derecho por cierre de tienda?
Realizada en Puerto de Santa María Contrato laboral Despido Indemnización Indemnización por despido Cierre empresa
Hay varias cuestiones que pueden condicionar la respuesta a su pregunta, por ejemplo ¿por que cierra la tienda? ¿por jubilación del dueño? ¿se trata de una cadena de tiendas o de una tienda sola? Sin más información no me atrevería a darle una opinión, sin embargo si Ud. tiene firmada una cláusula en su contrato en la que se le reconocen 33 días de indemnización en caso de extinción de contrato no debería renunciar a ella. Lo de los 20 días es otra cosa, se trata de la indemnización que corresponde al tipo de despido objetivo, y en principio a Ud. no le han despedido. Espero haberle ayudado en algo.
ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats¿Cómo solicitar la custodia compartida de mi hijo?
Realizada en Barcelona Provincia Custodia compartida Pensiones Pensión de alimentos Impago Impago de pension
No si puede probar que vive con usted.ha de modificar laa medidas para asegurarse que no le pedira nada. Pongase en contacto en el 93 5382331
ARANZAZU ABOGADOS