Preguntas y respuestas
Casarse en colombia o en espaÑa
Realizada en Ferrol Matrimonio Extranjero
Buenos días, Efectivamente como le han informado la legalización tarda bastante. Habiendo este problema de la demora para legalizarlo y viviendo ustedes en Colombia, me sumo a la recomendación de un compañero y les propongo que se casen en Colombia pero en el consulado español de acuerdo con la Ley española. Un saludo
ADVOCAT DIVORCI GIRONA POL NADALPareja de hecho de baja
Realizada en Jaén Disolución de pareja de hecho Derecho de extranjería
Buenos días, por lo que entiendo de su pregunta su amiga se inscribió como pareja de hecho y solicitó el permiso de residencia por ser familiar de ciudadano de la unión europea que tiene una vigencia de cinco años. Y ahora tras disolver la pareja de hecho teme que le revoquen el permiso. Habría que estudiar el caso concreto para poder darle una respuesta correcta, pero comentarle que si es posible que Subedelegación revoque el permiso. Ante tal situación existen otras alternativas. Habría que estudiar las circunstancias personales en las que se encuentra su amiga para poder ver si puede solicitar cualquier otro tipo de permiso de residencia. Este despacho se encuentra especializado en extranjería e inmigración. Para cualquier consulta no dude en ponerse en contacto con nosotros en el tlf. 603628770 Un saludo.
LORENA LÓPEZ DEBLAS- ABOGADAIngreso de menor en un centro de protección de menores
Realizada en Fuenlabrada Patria potestad Registro civil
Para poder asesorarle adecuadamente deberíamos ver el auto, pero en principio y lo primero sería recurrir dicho auto.
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS¿Puedo solicitar la custodia de mi hija si vive en honduras?
Realizada en Barcelona Custodia compartida Patria potestad Extranjero
Entiendo al igual que mi compañero que los tribunales competentes para ello son los de Honduras. Tendrá que iniciar todos los trámites allí. saludos cordiales
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS¿Puedo reagrupar a los hijos de mi esposa siendo yo español de nacimiento?
Realizada en Santa Cruz de Tenerife Reagrupación familiar Derecho de extranjería Nacionalidad Nacionalidad española Procedimientos administrativos
En principio , si son menores de 18 años y demuestra que dependen de su esposa si , máxime si esta por alguna razón adquirió la nacionalidad española. Tienen que personarse en la oficina de extranjería . solicitar los documentos al efecto e iniciar el procedimiento de reagrupamiento familiar -Un saludo.
ABOGADOSLIRAS¿Cómo puedo traer a mi novio dominicano a españa?
Realizada en Palma de Mallorca Derecho de extranjería Reagrupación familiar Matrimonio Matrimonio español con extranjero Matrimonio con extranjero
Coincido en la respuesta de Estel Matuti, sobre la conveniencia de matrimonio, en cuyo caso habría de asesorarse a fondo sobre régimen económico aplicable por defecto y si lo considera oportuno, preparar unas capitulaciones matrimoniales con el régimen que decidan pactar, incluso antes de contraer el matrimonio, pues supongo que se refiere la pregunta a obligaciones y peligros. Consulte una decisión tan importante, antes de decidirlo, a través de un abogado que le asesore. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITALInformación sobre matrimonio español-extranjera
Realizada en Barcelona Derecho de extranjería Matrimonio Matrimonio con extranjero Matrimonio español con extranjero Permiso de residencia Nie Derecho médico y sanitario Seguridad social Certificado de empadronamiento
Usted siendo nacional de la UE, si se casa con ella, le hará acreedora de la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, pero tiene que tener medios de vida. Si en primer lugar residen en Italia, usted deberá solicitar el certificado de ciudadano de la UE, y cuando regresen a España, solicitar para ella la tarjeta de familiar de la UE. Si se casa en Italia, tiene que inscribir el matrimonio en el consulado o embajada españoles. Si quiere más información, póngase en contacto con este despacho, en el 93 538 2331
ARANZAZU ABOGADOS¿Puedo obtener la nacionalidad española para mi hermano que reside en marruecos?
Realizada en Islas Baleares Provincia Nacionalidad española Nacionalidad Procedimientos administrativos Derecho de extranjería
Apreciado Sr., buenas tardes. No es el procedimiento normal, pero pienso que es posible, siempre y cuando Vd. o su hermano consigan los documentos oportunos para presentar aquí en España. Si quiere que le ayude, contacte conmigo y le ayudo. UN ABRAZO
ABOGADO BALEARES Vicente AutonellPlena custodia para la madre y cambio de apellidos
Realizada en Ciutadella de Menorca Registro civil
Apreciada amiga, buenas tardes. De lo que constata veo que ya dispone de la guarda y custodia, y de la patria potestad, si nada se dice en contrario, es siempre compartida. Se puede privar de la patria potestad en varios supuestos, pero tienen que practicarse pruebas en el Juzgado que pongan de manifiesto al Juez que se puede privar de la misma al padre. Los apellidos difícilmente los podrá cambiar, pues en principio, sólo se contempla la inversión del orden de los mismos, a no ser que judicialmente así se pudiere decretar, particular que tendría que estudiar en la actualidad, pero que anteriormente no era posible. Si en algo me precisa, no dude en llamarme. Ah se me olvidaba. Es posible que al padre biológico no le puedan embargar pq no disponga de nómina ni de ingresos, pero lo cierto es que ningún juez cree que este Sr. viva sin hacer ni cobrar nada. Si le denuncia penalmente, a buen seguro que se espabilará y pagará, de lo contrario, si no paga, tendrá que cumplir pena de prisión. UN ABRAZO
ABOGADO BALEARES Vicente Autonell¿Qué requisitos necesito para cambiarle el apellido a mi hijo ?
Realizada en Ciudad Real Registro civil Patria potestad
buenos días. Todo depende de que desee cambiar el orden de los apellidos de su hijo, o que desee cambiar el apellido del padre por otro distinto y que no figure éste. En el primer caso solo puede hacerse de común acuerdo con el padre y antes de la inscripciómn del nacimiento, o cuando su hijo tenga la mayoría de edad, por él mismo. En el segundo caso el cambio del primer apellido del padre debe ser por otro apellido de la línea paterna. El tema es complejo como para explicarlo en tan escaso espacio. quedo a su disposición
Juan José Panadero Delgado