Preguntas y respuestas sobre Divorcios

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Preguntas y respuestas

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¿ Debe seguir recibiendo la pensión alimenticia?

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La pensión alimenticia es un derecho que permanece, por regla general, hasta que alcance la independencia económica. Por tanto, la respuesta debe ser afirmativa en el sentido que debe seguir percibiendo la pensión.

Abogado Badajoz Francisco Jesús Gallego Sánchez
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¿Puedo conseguir la custodia compartida?

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Para contestar hay que conocer más detalles sobre sus circunstancias personales y familiares, tanto suyas como de su cónyuge.

Abogado Cruz Antonio Gómez Coronel
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Adopción de un sobrino.

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Desde cordobAbogados, entendemos que para su caso la adopción no sería la mejor opción para la finalidad que usted plantea. La adopción tendría graves consecuencias como la extinción de vínculos jurídicos con sus padres biológicos y otros que por la brevedad de la respuesta no podemos concretar. Aunque debe saber que no sería ningún impedimento el que usted esté divorciada. Al igual que han respondido otros compañeros creemos que sería más adecuada otra figura como pueda ser el acogimiento. Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta. Para más información póngase en contacto con nosotros.

cordobAbogados
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Pensión alimenticia hija 19 años

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Hola. En principio la pensión de alimentos la tiene que abonar el cónyuge que no convive con el hijo, con lo cual esta obligación de su marido se invertiria y pasaria a ser Vd la obligada al pago de esta pensión. Para saber la cuantia de esta pensión habría que analizar su caso concreto, pues es muy díficil precisar sin datos exactos. Yo le recomiendo que se ponga en contacto con nosotros, le asesoraremos y gestionaremos su tema convenientemente. Saludos. Rosa Nieto, Abogado, NIETO&SANZ, Abogados Asociados.

Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Custodia y pensión alimenticia

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Son varias las cuestiones que trata. En primer lugar cualquier decisión sobre la educación de la hija debe ser consensuado y los gastos que origine debería atenerse al convenio regulador, en lo referente a los gastos ordinarios y extraordinarios. El cambio de cuenta bancaria debe también ser acordado o notificado previamente por la persona que recibe la pensión, pues es la que administra los gastos de su hija. Si considera que la madre no está atendiendo correctamente a su hija, que existe un notorio desdén por sus cuidados, podría ejercitarse una modificación de medidas

Abogado Perez Valenzuela
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Cambio residencia de un hijo de una pareja divorciada

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Si su hija es mayor de edad no hay problema en que vaya a vivir con usted, no obstante, lo que usted tiene que hacer es solicitar una modificación de medidas del divorcio o la separación. Al tener su hija, 18 años, tanto el juez como el fiscal, oirán a su hija; y normalmente, se atiende a lo que el menor desea.

Jiménez Comendador- Abogados
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Pensión alimenticia.

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Además de lo anteriormente expuesto, le recordamos lo que sigue: 1) Si no paga la pensión le pueden denunciar y verse envuelto en un procedimiento penal por delito de difícil paralización si el fiscal decide seguir adelante, por lo que todavía está a tiempo de evitar esa consecuencia. 2) Para evitar lo anterior si no puede pagar la pensión, tendría que promover un procedimiento de modificación de medidas y tratar que sea reducida por un Juez, ya que en estos casos son difíciles los acuerdos. BLASCO ABOGADOS www.abogadoslogroño.com clientes@blascoabogados.net

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Pensión alimenticia.

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Las medidas que se fijan en este tipo de procedimiento no son fijas para siempre. si hay un cambio en las circunstancias, como ha sucedido en este caso puede iniciar un proceso de modificiacion de medidas y pedir una rebaja de la cantidad que debe pagar mensualmente. No obstante, mientras un Juez no cambie la sentencia sigue obligado al pago de lo debido . tendria que haber iniciado ese proceso en 2005 o 2006 cuando cerró la empresa.

Abogado de Familia Las Palmas Ruano Abogados
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Custodia compartida a favor del padre

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Por el caso que expone, no sólo tiene opciones de obtener una custodia compartida, sino incluso una custodia exclusiva a su favor. Si quiere podemos informarle del precio que se cobra en este despacho, donde somos expertos en este tipo de asuntos, así como de las facilidades de pago que podemos ofrecerle. Para ello, póngase en contacto con este despacho

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
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Obligación convenio regulador

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La respuesta a sus preguntas es afirmativa, pero tiene varios inconvenientes y es muy importante la manera de redactarlo. Seria conveniente que Ud. aportara algún aval, hermano, padre....para hacer de forma correcta las cosas. Contacte con un abogado especialista en la materia. Somos de Barcelona, pero colaboramos que un despacho de Madrid, especialista en estos asuntos. Atentamente, www.bombi-abogados.es

BOMBÍ ABOGADOS
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