Preguntas y respuestas
Limitaciones de socios y administradores para licitar por la unidad productiva en concursos de acreedores
Está regulado en el artículo 151 de la Ley Concursal.
Main Advisers¿Qué trámites tengo que hacer para una indemnización?
Realizada en Córdoba Indemnización por despido Despido Indemnización Cierre empresa Despido por causas económicas Acuerdo verbal
Le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en Derecho Laboral, y le indique todas las pruebas de que usted dispone, tanga en cuenta, además, que si ha estado trabajando sin estar dado de alta en la seguridad social, y tiene pruebas de ello, puede denunciar a la empresa en la Inspección de Trabajo, y presuntamente habrirán un expediente, y si el empreario tiene bienes, incluso se le pueden embargar los bienes. El problema es que ha dejado pasar mucho tiempo, y seguramente si usted presenta una demanda, la parte contraria intentará oponer la prescripción.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO¿Puedo hacerme autónomo si tengo una deuda con la seguridad social?
Realizada en Valencia Seguridad social Deuda Alta como autónomo Sociedad limitada
Puede darse de alta como autónomo, pero la SS puede inicar procedimientos contra Ud.
Javier Antonio Arandia García¿Se puede calificar un despido como objetivo si la empresa cierra?
Realizada en Toledo Despido Despido por causas objetivas Cierre empresa
Estimado Sr/Sra En principio y por los únicos datos que usted traslada, no se podría considerar despido objetivo. Sin embargo, para poder asesorarle correctamente, habría que ver detenidamente la documentación que la empresa le entrega (carta de despido) y que nos cuente exactamente los últimos movimientos de la empresa, de esta manera se podría determinar si la empresa ha cumplido con la legalidad en el despido. Este despacho queda a su entera disposición. Saludos.
ABOGADOS MAJANO¿Cuánto he de cobrar por despido si me despiden por cierre de la empresa?
Realizada en Pontevedra Provincia Cierre empresa Despido por causas económicas Indemnización por despido Contrato indefinido
Buenas tardes, En principio si el despido es debido al cierre de la empresa la indemnización sería de 20 días por año trabajado. Sin embargo, necesitaríamos más datos para poder darle un asesoramiento más concreto, como pluses, pagas extras, etc. Y motivos por los que ha cerrado la empresa. Si la empresa no justificase los motivos del cierre debidos a la bajada de la facturación (motivos económicos) podría incluso a percibir más que 20 días por año trabajado. Un saludo
ADVOCAT DIVORCI GIRONA POL NADALFiniquito y cierre de empresa
Realizada en Barcelona Despido Cierre empresa Indemnización por despido Indemnización
Buenas tardes: Para calcular el finiquito en casa de cierre de su empresa debe tenerse en cuenta, en primer lugar su salario para determinar dicho cálculo. Con respecto a la indemnización que le correspondería sería de 20 días por años trabajador con un máximo de 12 mensualidades. Deberá tenerse en cuenta además para determinar si el FOGASA debe pagar parte de dicha indemnización el número de trabajadores de su empresa. Para ampliar esta información puede contactar con nosotros en el 91.578.34.27. Saludos,
ABOGADO RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL MADRID GALERA ABOGADOSMulta por manipulación de contador de la compañía eléctrica
Realizada en Talavera de la Reina Factura Multas Compañía eléctrica Derecho de los consumidores y usuarios Reclamaciones de consumidores
Are-2Abogados.com
ARE2 ABOGADOS¿Qué consecuencias laborales puede traerme un embargo?
En principio son varias las cuestiones que habría que tener en cuenta. En primer lugar, respecto al posible embargo de la nómina, solo una parte de ella podrá ser embargada ya que, dependiendo de las circunstancias, hay una parte que es inembargable. En relación a los pagarés, tendrán que reclamárselos por vía judicial, teniendo en cuenta siempre que existe un plazo de 3 años para la acción cambiaria - pagaré -, empezando a contar desde la fecha de vencimiento de la letra, es decir, el pagaré. De todas formas habría que tener la documentación para poder asesorarle mejor. Quedamos a su disposición para lo que necesite. Un saludo,
ABOGADO PARACUELLOS DE JARAMA SOMOLINOS & GAVEmbargo por administrador concursal
Realizada en Alicante/Alacant Embargos Responsabilidad patrimonial de administradores Concurso de acreedores
Buenas tardes, Pasado un año desde que se ha aprobado la liquidación, puede solicitarse la separación de los administradores concursales. Habría que examinar los autos de concurso y ver por qué motivo no se ha sacado la nave a subasta. Se trata de un asunto en el que es dificil dar una respuesta general sin examinar los autos del concurso. Si desea una primera visita gratuíta para a la vista de la documentación que nos aporte, darle más información, puede ponerse en contacto con nosotros.
Abogados Barcelona Tomás DórigaIntermediación en traspasos de negocios
Realizada en Barcelona Alta en la seguridad social Cotización a la seguridad social Comisiones Contrato mercantil
En nuestra opinión, la actividad que indica no está exenta de IVA. Quedamos a su disposición. Un saludo.
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