Preguntas y respuestas
No puedo pagar la pensión de alimentos, ¿puedo entrar en prisión?
Realizada en Valencia Provincia Impago de pension Pensión de alimentos Pensiones Sentencia Convenio regulador de divorcio
Buenos días Lo lógico sería instar una modificación de medidas para poder modificar lo establecido en la sentencia. Ahora bien, si la sentencia es del mes de julio, las posibilidades de modificarla no son muchas, salvo que haya cambiado la situación drásticamente desde entonces. Le recomendaría que hiciera ingresos parciales, de las cantidades que pueda, y en algunos casos, si puede demostrar que carece absolutamente de ingresos, en el juicio por impago de pensiones (penal), si lo hay debe acreditar totalmente la falta de recursos para hacer los pagos, de forma que no es que no quiera cumplir, es que no puede. Si las acusaciones consiguen demostrar que puede pagar y no lo está haciendo, la condena es segura, y podría conllevar el ingreso en prisión. Esperamos haberle sido de utilidad, quedamos a su disposición Un saludo CASES DE DRET ABOGADOS
ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOSGuarda y custodia de un menor que vive en el extranjero
Buenos días: Estamos de acuerdo con la respuesta que le ha dado "Abogados Liras". Le deseamos mucha suerte y que pronto tenga a su hijo con usted. Un afectuoso saludo.
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS¿Cuánto cuesta un juicio para recuperar a mi hijo?
Realizada en Valencia Custodia compartida Patria potestad Honorarios Abogados Tasas judiciales Costas judiciales
Buenos días, pues estoy con mis compañeros y el precio de un procedimiento no tiene porque suponer para Ud un impedimento; puede ver si le conceden la justicia gratuita y puede tener un Abogado del Turno de Oficio que no tiene coste alguno. Un saludo. M. Mata
MataAbogadosValenciaPone a mi hijo de mensajero amenazando a mi familia
Realizada en Tarragona Impago de pension Pensión de alimentos Régimen de visitas
El abogado que le está llevando la reclamación, puede informarle al respecto; lo normal será que se reclame judicialmente el impago. Respecto de las visitas, dependerá de la edad del hijo, pues es difícil obligar a partir de cierta edad, o que el padre lo lleve "por la fuerza", también de las circunstancias concurrentes que sin análisis no se puede aventurar una respuesta. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITALModificacion de sentencia
La distancia no supone problema alguno, pues solamente tendría que acudir al juzgado el día del juicio como máximo, el resto de trámites se realizan a través de su abogado y de su representación en juicio que realiza el procurador que es su representante en el mismo. Si se establece de mutuo acuerdo, solamente para ratificación del convenio. Esperamos haber sido de utilidad, quedamos a su disposición, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL¿Se tiene que construir una nueva garantía hipotecaria a raíz de un convenio de divorcio si ya estaba constituida en un convenio de separación?
Realizada en Girona Divorcio Pensión de alimentos Hipoteca Convenio regulador de divorcio Convenio regulador de separación Separación Demanda de divorcio
Buenas tardes, Cualquier duda sobre éste asunto contacte conmigo al 650566253 o enviando un correo fquiros@fqslegal.com. Gracias por su atención, Fco. Javier Quirós San Román Abogado 3368-ICAG
QUIROS advocat¿Cómo puedo divorciarme de mi pareja si no sé dónde se encuentra?
Realizada en Ejido Divorcio Demanda Demanda de divorcio Matrimonio
Vd puede divorciarse aunque su actual marino no esté. El problema será su notificación, que ante la falta de noticias de su paradera, habrá de ser edictal. Ello supondrá un retraso en el proceso, pero nada más. Si desea ponerse en contacto con nosotros para asesoramiento más personalizado o para que le ayudemos con éste asunto, puede hacerlo previa petición de cita en el correo mariabelenabadgarcia@Hotmail.com
Abogados Accidentes Almeria - M.ª BELEN ABAD GARCIAHipoteca compartida con mi ex pareja
Realizada en Alcorcón Gastos de comunidad Impago de gastos de comunidad Impago Convenio regulador de divorcio Hipoteca
Como le indica el compañero, a efectos legales usted como copropietaria viene obligada a pagar el 50% de los gastos, no obstante, habría que estudiar el tema y ver con qué documentos contamos. Seguramente con el contrato de alquiler de la otra vivienda podamos justificar su salida del piso. En cuanto a la extinción del condominio, le advertimos que debe tener cuidado, no aconsejamos extinguir el condominio antes de hablar con el banco acreedor de la hipoteca, ya que es el que tiene que le tiene que autorizar para no constar con el deudor en el prestamo. Si se extingue el condominio pero no lo acepta el banco, seguirá siendo deudora. Para cualquier aclaración puede contactarnos vía telefónica, por correo electrónico, o estaremos encantados de atenderla en una primera visita gratuita en nuestro despacho. Un saludo.
Abogados Getafe - Tecnoderecho Asesores¿Se puede quitar una demanda por no cumplir con el régimen de visitas?
Buenos días usted presente un escrito desistiendo de la denuncia interpuesta en el Juzgado. El Juez previo traslado al ministerio fiscal, ya resolverá si archiva o no.
ABOGADO GRANOLLERS - Mª DOLORES JORQUERA MOYADudas sobre la pensión compensatoria y Hacienda
Buenos días si usted había renunciado a la pensión , en un principio no aceptarían la modificación, pero según el motivo de la renuncia a la misma en una modificación el juez podria tenerlo en cuenta para adoptarla si procediera. Un saludo.
ABOGADO GRANOLLERS - Mª DOLORES JORQUERA MOYA