Preguntas y respuestas
Estoy separándome, no tengo vivienda y quiero la custodia compartida
Realizada en Madrid Separación Custodia compartida
Como indican mis compañeros, lo lógico sería si dispone de vivienda familiar, que los hijos permaneciesen en la misma, rotando los padres, aunque caben otras posibilidades; en cualquier caso con los escasos datos que da es difícil de contestar, lo mas razonable es ponerse en contacto con un abogado que le asesore y oriente, tras realizar un pormenorizado estudio de las circunstancias. Espero haber sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL¿Qué debo hacer para tramitar un convenio regulador?
Como ustedes no están casados, en su caso habría que presentar una demanda de mutuo acuerdo (si ustedes tienen una buena relación) de "Medidas Paterno- filiales" en la cual debería incluirse el convenio que a usted le solicitan para que el juez lo homologue (lo valide). Este convenio debe incluir el acuerdo al que ustedes hayan llegado en cuanto a: 1.- La custodia (quien va a vivir habitualmente con el menor) esta custodia puede ser compartida (en este caso se reparte el tiempo entre ambos padres) o exclusiva del padre o de la madre (deberá haber entonces unas visitas de aquel con quien no conviva). 2.- El régimen de visitas (qué periodos podrá estar con el menor el padre o la madre que no tenga la custodia). 3.- La pensión de alimentos que corresponde al menor (que deberá pagar aquel que no conviva con él y que se calculará en atención a los ingresos de cada uno de los padres). 4.- La patria potestad (capacidad de los padres para decidir sobre las cuestiones importantes del menor) y que siempre será compartida por ambos padres (salvo casos de gran importancia como violencia doméstica, por ejemplo). Para presentar el convenio ante el juzgado es obligatorio hacerlo mediante abogado y procurador (el abogado le podrá aconsejar uno). El abogado se encargará de realizar todos los trámites para que ustedes sólo tengan que ir a firmar.
Abogado Familia Algeciras - Ruth Del Cura Pla¿Qué puedo hacer si mi expareja alquila un local que está comprado bajo el régimen de comunidad de bienes?
Buenas tardes, todo dependerá de si el procedimiento de separación de bienes esta concluso y la adjudicación del local le corresponde a su ex marido o si por el contrario aún esta pendiente de resolverse, en ese caso , debe pedir a su abogado q informe sobre los alquileres al juzgado a fin de que dichos frutos sean puestos en el activo de la división. Espero haberle sido de utilidad. Estamos a sus disposición. Saludos
ABOGADO DIVORCIO TENERIFE GESTVALLE ASESORES Y ABOGADOS¿Me pueden dar la custodia compartida?
Realizada en Barcelona Custodia compartida Separación
Buenas tardes, pedir la puede pedir, el Codi Civil de Catalunya la da como prioritaria, sin embargo siempre primará el interés del menor, por lo que es conveniente tener en cuenta las demás circunstancias, disponibilidad horaria de ambos progenitores, habitualidad en el cuidado del bebé hasta antes de la separación, espacio adecuado para el bebé en cada domicilio ... Dada la poca edad del menor, en la mayoría de los casos, en caso de que no haya acuerdo entre los progenitores sobre la atribución de la guarda y custodia o la custodia compartida, se puede intenta fijar un régímen progresivo de visitas hasta consolidar la custodia compartida o un amplio régimen de estancia con el progenitor no custodio, que es revisable cuando el menor cumple los 2 años. Hay varias posibilidades para ir a parar a la custodia compartida. Para cualquier aclaración quedamos a su disposición en nuestro despacho. Saludos cordiales
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROSEmbargos por impago de compensatoria y alimentos
Realizada en Águilas Impago de pension Pensión de alimentos Embargos Embargo de salarios Registro de la propiedad Prestación por desempleo Pensión compensatoria Honorarios Costas judiciales
Estimado Señor, veo que tiene muchas dudas al respecto. Lo mejor sería fijar una reunión para que pueda aclarar todas esas dudas, ya que es complicado responder todo lo que nos pregunta por escrito, siendo la mejor manera de resolver todas sus dudas una reunión "cara a cara", donde podremos hablar de todos estos temas que le preocupan y de forma más precisa y detallada, según su situación actual. Un saludo. Verónica Murcia.
Verónica MurciaEmbargo de sueldo por pensión de alimentos
Realizada en Valencia Provincia Impago de pension Pensión de alimentos
Buenos días, el embargo será un tanto por ciento de la nómina y los intereses que se hayan generado. Se practica mensualmente sobre el salario que perciba y se le ingresará en la cuenta de embargos del juzgado o en la que usted designe para su abono directo. Nosotros solemos presentar en el Juzgado un escrito para que lo abonen directamente en la cuenta de los clientes y ustedes no tengan que ir recogiendo mandamientos de pago cada mes Espero que le haya servido Un saludo Carolina Torremocha Barreda
Abogado especialista en Familia Valencia - Carolina Torremocha Barreda - Grupo 6 Abogados¿Me puedo ir de casa con 17 años?
Realizada en Ciudad Real Registro civil Patria potestad
Buenas; En principio, cabe instar varias acciones judiciales, que puden evitar incidencias y problemas futuros, las cuales deberían valorarse tras un analísis especifico de su situación personal y la de su pareja. Para lo cual, le recomiendo que se ponga en contacto con este despacho para concertar una cita y estudiar detenidamente su caso. Sin otro particular, en espera de sus noticias, reciba un cordial saludo.
Abogado Indemnizaciones Ciudad Real Núñez & Barquilla Asociados¿Cómo denunciar a mi padre?
Realizada en Melilla Malos tratos Pensión de alimentos Denuncia Orden de alejamiento
Vaya al ambulatorio más cercano, que le hagan un parte de lesiones y diga que dichas lesiones se las ha hecho su padre para que se active el protocolo de malos tratos. Mucha suerte y saludos cordiales.
JUAN PÉREZ ARANDA¿Cómo comen mis hijos con mi pensión?
Realizada en Madrid Pensión de alimentos
No hay que ser muy intuitivo para suponer que de los 400 euros de la pensión de alimentos, su ex-mujer está utilizando parte para ella. Seguramente, su ex-mujer contará con algún trabajo en la economía sumergida para llegar a fin de mes, pero aún así, la situación de sus dos primeros hijos podría no ser la idónea. Ud. no tiene la custodia de sus hijos, pero sí conserva la patria potestad, podría aprovechar alguna de las estancias de sus hijos con Ud. para llevarlos a un médico y examinar sus estados de salud, comprobando si están bien alimentados, y que no tengan carencias. Por otra parte, también podría concertar cita con el director del colegio y que le cuenten al detalle la situación escolar de los menores. Respecto a las peticiones de su ex- esposa de más dinero, la única forma legal para aumentar la pensión de alimentos es que así lo acuerde un Juez si ella le demanda solicitando una modificación de medidas divorcio. Finalmente, es obvio que su actual esposa no tiene obligación legal alguna de prestar alimentos a unos hijos que no son suyos. Espero haberle aclarado sus dudad, este despacho defiende los intereses jurídicos de sus clientes en toda España, por ello si desea que le llevemos su caso no dude en ponerse en contacto con este bufete. Saludos cordiales.
JUAN PÉREZ ARANDANo puedo pagar la pensión alimenticia ¿Qué puedo hacer?
Realizada en Jaén Pensión de alimentos
Debe interponer cuanto antes una demanda de modificación de medidas de divorcio. Usted no puede dejar de pagar o reducir unilateralmente la pensión de alimentos por el hecho de haberse quedado en paro, porque, aparte de la reclamación del dinero impagado que pueda demandar su ex-esposa, podría denunciarle por la vía penal. En dicha demanda de modificación de medidas se podría pedir la reducción o la suspensión de forma cautelar hasta que el Juez resuelva de forma definitiva. Este despacho lleva pleitos en toda España, para un asesoramiento más detallado no dude en ponerse en contacto con nosotros. Saludos cordiales.
JUAN PÉREZ ARANDA