Preguntas y respuestas
Quiero constituir una sociedad de capital riesgo
Para la creación de una sociedad, en primer lugar, es necesario definir el tipo de sociedad que va a crearse y perfilar así su estatuto y demás formalidades. Una vez así, resultará necesario la realización de una serie de trámites tales como: • Obtención de la certificación negativa de denominación ante el Registro Mercantil Central. • Solicitar el Número de Identificación Fiscal ante la Agencia Tributaria. • Otorgar ante notario la escritura pública de constitución. • Liquidación del Impuesto sobre Transmisión Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600). De esta manera, para la creación de una sociedad no resulta suficiente la celebración de un acuerdo de voluntades privado.
V AbogadosAdministradora unica en la documentacion
Realizada en Murcia Notarios Contrato laboral Estafa Administrador de una sociedad
Buenos dias: Nos hacemos cargo del mal trago que Ud. debe estar pasando. Deberá estar bien pendiente de la instrucción judicial para que no se cierre la investigación quedando pendiente la practica de alguna prueba que demuestre su inocencia. De todas formas habrá que ver lo que consta en Autos para efectuar cualquier afirmacion solida al respecto. Nos ponemos a su disposición para asumir la defensa de su causa. Estamos en Avda. de la Constitución, 7 , Entlo, I 30008 Murcia. Le recuerdo que la primera consulta es gratuita. Un saludo.
Abogado Murcia - Botia Colucho AbogadosTengo derecho a pension cotizado 5 años como autonomo
Estimado amigo/a: Si únicamente ha cotizado el período que comenta no llegaría al mínimo de cotización necesaria para obtener la pensión de jubilación, ya que debe haber cotizado un mínimo de 15 años y dos años dentro de los últimos 15 años. Para una información más detallada puede ponerse en contacto con este despacho si lo desea. Un cordial saludo.
ABOGADO SANTIAGO DE COMPOSTELA OULEGO ABOGADOSNo información cuentas
Realizada en Barcelona Cuentas anuales Pacto de socios Socio Sociedad limitada
Buenos días, las cuentas deben depositarse anualmente en el registro mercantil , si usted no puede acceder a nada le aconsejamos contacte con un abogado a fin de que pueda ayudarle, si usted lo desea nuestro despacho le asesorará en una primera visita de forma gratuita.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogadosPago de pensión alimenticia de menores
Realizada en Barcelona Impago de pension Salario Pensión de alimentos
Hola. Lo que debe hacer es buscar un abogado que le defienda y asesore. Yo presentaría denuncia en el juzgado por impago de la pensión de alimentos por los meses que no ha pagado y por no haber actualizado la pensión, reclamando el total más intereses. Saludos cordiales.
González Castro - AbogadoObras rehabilitacion/reparación
Realizada en Barcelona Provincia Reclamación de impagado
Buenos días: Convendría examinar ese presupuesto, desde luego. No obstante, el cobro de obras ejecutadas y no presupuestadas dependerá de si ustedes prestaron conformidad a su ejecución. La conformidad puede presumirse prestada si tales obras se ejecutaron con su conocimiento (no podrá negarse el conocimiento si ustedes lo vieron y callaron, por ejemplo). Quedo a su disposición.
Hernández de PablosDenuncia por impago de pension alimenticia
Realizada en Alaquàs Impago Denuncia Pensión de alimentos
Tiene que esperar a que el impago sea de dos meses consecutivos o cuatro meses alternos.
Abogado Valencia Ana Eva Tiburcio Blanco¿Deben indemnizarme?
Realizada en Elda Contrato eventual Cotización a la seguridad social Despido Despido improcedente Salario Indemnización por despido
Buenos dias, En principio, la duración máxima de los contratos temporales o de duración determinada es de 6 meses, en un periodo de 12 meses, además, sólo se podrán prorrogar una única vez, salvo que el convenio que te sea de aplicación indique otra cosa, no puiendo superar los 12 meses. Por ello se debe ver lo que indica el convenio y si permite esa duración de 12 meses en 18 meses, en cuyo caso no cabría indemnización por despido, aunque sí te corresponde la indemnización por finalización de contrato temporal de 10 dias de salario por año de servicio.
GOBERNA-ABOGADOSIndemnizacion por cierre de empresa
Realizada en Málaga Provincia Indemnización por despido Despido Cierre empresa
Buenos dias, si la causa del despido es el cierre de la empresa por dificultades economicas, el despido que es el denominado despido objetivo, regulado en el art. 52 del E.T. Requiere la comunicación al trabajador de la causa de despido con 15 dias de antelación, a la fecha de efectos del mismo, que de no darse, deberán abonarse. Además comporta una indemnización de 20 dias de salario por año trabajado, con el tope máximo de una anualidad de salario. Siendo su salario bruto con pagas extras de 1.120 euros y teniendo una antiguedad desde 15 de julio de 2010, la indemnización que le corresponderá, hasta 31 de diciembre de 2013, es de 2.584 euros. Además le deberán los salarios devengados hasta 31 de diciembre, más la parte proporcional de vacaciones que le adeuden.
GOBERNA-ABOGADOSNo me pagan mi liquidación
Buenos días, para acabar de ver todo el asunto nos faltan datos, pero debe saber que, si le despiden, por el motivo que sea, y la empresa no le finiquita, Ud. debe iniciar un procedimiento de reclamación, con una fase previa y, en caso de que no se solvente el pago, acudir a la vía judicial. Nuestro consejo es que inicie tal procedimiento para que se efectúe el pago que le adeuda el empleador. Si desea más información, visite nuestra página web www.colomalegis.es
Abogado Santa Coloma - Coloma Legis Abogadas