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Lo primero que necesita saber para salir de dudas es ver si en el Certificado de la Empresa, consta que el despido se ha realizado por voluntad de la empresa o suya. Si lo han enviado telemáticamen...
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En su caso lo primero que habría de hacerse es estudiar su contrato/s de trabajo realizado/s entre ambas partes, ya que normalmente se realizan con bastantes irregularidades y de ser así, la relaci...
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Deberíamos revisar su contrato de trabajo a efectos de constatar el objeto del mismo, ya que la gran mayoría de veces se realizan con bastantes irregularidades, y de ser así, el despido tendría el ...
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La antigüedad no se pierde cuando siempre se trabaja en una misma empresa. Inclusive se mantiene si usted había empezado con una ETT. En cuanto a la alta y baja en la Seguridad Social, la empresa e...
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Si, por supuesto que puede.
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Para ello deberíamos revisar sus nominas y contrato, así como la carta de despido que entiendo le habrá entregado la empresa. Sin poder estudiar dicha documentación es imposible decirle con certeza...
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Lo recomendable en todos los casos es formalizar los contratos por escrito, ello es debido a que independientemente de que el art. 8 del Estatuto de los Trabajadores establezca que se puedan realiz...
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Todos los despidos excepto el disciplinario, por imperativo legal tienen que indemnizar la extinción del contrato independientemente de donde obtenga el dinero el empleador.
El plazo para reclamar...
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Con carácter general el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación prescribe a los 4 años (tal y como establece el art. 66 de la Ley General T...
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No se preocupe, atendiendo a que ninguno de los trabajadores impugno el despido, sumándole a ello a que ya han pasado mas de treinta días hábiles (plazos para interponer papeleta de conciliación y ...